El índice de referencia ha entrado en vigor.
Nuevas regulaciones de alquiler en Cataluña: ¿Qué se necesita saber?
En 140 municipios de Cataluña (en el Baix Empordà son: La Bisbal d’Empordà, Palafrugell, Palamós y Sant Feliu de Guíxols), el precio del alquiler queda fijado por un índice de referencia o bien por el precio del contrato anterior más las actualizaciones de IPC, dependiendo de si el arrendador es gran tenedor o pequeño tenedor.
Puede consultar el índice de referencia en el siguiente enlace: https://serpavi.mivau.gob.es/
Gran Tenedor en Cataluña: Dos conceptos
En Cataluña, hay dos casos en los que una persona física o jurídica puede ser considerada gran tenedora:
a) Si es titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros, ya sea en zonas tensionadas o no.
b) Si es propietaria de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial situados en cualquiera de las áreas tensionadas de Cataluña.
Consideraciones para los propietarios en zonas tensionadas
1.- Bonificación Fiscal: Los propietarios deben tener en cuenta varios factores al fijar los precios en zonas tensionadas, ya que podrían beneficiarse de algunas reducciones fiscales en la declaración de la renta:
• Una reducción del 90% del rendimiento neto positivo del arrendamiento si el nuevo contrato reduce un 5% el precio respecto al anterior contrato, más la actualización correspondiente al IPC.
• Una reducción del 70% del rendimiento neto positivo del arrendamiento si el inmueble se alquila por primera vez y el arrendatario tiene entre 18 y 35 años.
2.- Posibilidad de aumentar el precio en zonas tensionadas
Los precios de alquiler pueden aumentar hasta un 10% en zonas tensionadas si se cumplen ciertos criterios, como:
• Realización de rehabilitación en los dos últimos años.
• Rehabilitación o mejora que suponga un ahorro de energía primaria no renovable del 30% en los dos años anteriores (acreditado con CEE). • Mejoras de accesibilidad en los dos últimos años.
• Alquiler por 10 o más años, o derecho de prórroga voluntaria por parte del arrendatario por los 10 años o más.
Si desea alquilar su vivienda, contáctenos y le ayudaremos a fijar el precio de alquiler. Nuestra abogada, junto con el equipo de expertos en bienes inmuebles, está aquí para responder a sus preguntas y proporcionar un soporte personalizado para asegurar que tome las mejores decisiones en materia de alquiler. ¡No dude en ponerse en contacto con nosotros!